10 meses y 25 días después el Consejo Nacional Electoral (CNE) difundió los resultados del voto de los venezolanos en el exterior correspondiente a elección de los representantes de Venezuela ante el Parlamento Latinoamericano (Parlatino). No obstante siguen sin difundirse los resultados del referendo por la Enmienda Constitucional celebrado el 3 de diciembre de 2007 y del referendo por la reelección presidencial del 14 de febrero de 2009.
La participación en las representaciones diplomáticas del país en 2010 fue de apenas 15.343 personas (27,54% de los votantes inscritos) 77% de los sufragios fueron favorables a las planchas de oposición.
La publicación de los resultados de la elección al Parlatino se produce en medio de los reclamos de los venezolanos residenciados en el exterior para que el Poder Electoral y la Cancillería faciliten el proceso de inscripción en el Registro Electoral (RE) y promuevan el ejercicio al voto para el evento presidencial previsto para 2012.
Según el último corte del RE -correspondiente al mes de junio- en los 85 países en que Venezuela tiene representaciones diplomáticas están inscritos para sufragar 60.015 ciudadanos. No obstante, según cálculos de ONG y asociaciones que agrupan a los emigrantes venezolanos, aproximadamente 520 mil venezolanos, mayores de edad, están residenciados en el exterior.
Los integrantes de La Red de Venezolanos en el Exterior (Venex) aseguran que de las 125 representaciones diplomáticas que posee el país,sólo en 10 consulados (8%) se está realizando la inscripción en el RE. En el 70% de las restantes, cuando se hacen operativos de inscripción se exigen requisitos no contemplados en la ley.
En días previos el rector Vicente Díaz aseguró que existe "un despelote en el servicio consular porque aunque están claros los requisitos para registrarse cada uno de los consulados hace lo que le da la gana".
El pasado viernes, la presidenta del Poder Electoral, Tibisay Lucena, explicó -en una rueda de prensa a la que no fueron convocados todos los medios- que los únicos requisitos que deben exigir los consulados para tramitar la inscripción se encuentran en el artículo 124 de la Lopre.
El Universal
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